Constitucionalismo soviético (III). La primera Constitución de la URSS

urss-simbolos-2» Viene de la segunda parte: Constitucionalismo soviético (II). De la Revolución de 1917 a la Constitución de 1918

LA CONSTITUCIÓN DE LA URSS DE 1924: DE LA UNIÓN FEDERAL AL SOCIALISMO EN UN SOLO PAÍS

La Revolución Socialista de 1917, la derrota militar en la Primera Guerra Mundial y la Guerra civil habían liquidado el Imperio multinacional de los zares. Así, la vigencia de la Constitución de 1918 estuvo limitada a los territorios de la Rusia Central, los cuales, según vimos, fueron considerados a partir de la toma del poder de los soviets y del Partido bolchevique, como los elementos integrantes de un sistema federal: la República Socialista Federativa Soviética de Rusia (RSFSR).

El programa del Partido bolchevique contemplaba la autodeterminación de las nacionalidades que componían el imperio de los zares, con el deseo de que se mantuviesen dentro del nuevo sistema político. La fórmula que se halló fue la federal, objetivo principal de la nueva Constitución de 1924.

Aunque la Constitución de la RSFSR de 1918 había establecido el principio federal, no precisaba cuáles eran las unidades territoriales que formaban la federación ni contenía el sistema de competencias al que ésta se ajustaba. Hay que tener en cuenta que, en los días en los que se elaboró la Constitución rusa, los límites que alcanzaría el nuevo poder soviético eran todavía una interrogante. Apenas un territorio formado entre Moscú y Petrogrado era todo lo que los bolcheviques controlaban de manera efectiva. Por ello, el principio federal no pudo ser más que un principio constitucional abierto a un incierto desarrollo futuro.

De las Repúblicas independientes a que dio origen el hundimiento del imperio, algunas, como Finlandia, Polonia y los Estados Bálticos (éstos últimos se incorporarán a la URSS como repúblicas federadas en 1940), acabaron manteniendo su independencia con un régimen distinto al soviético. En otras, como en Ucrania, Bielorrusia o las Repúblicas de Transcaucasia (Georgia, Azerbaiyán y Armenia), se establecieron gobiernos de obreros y campesinos que se dotaron de constituciones que seguían el modelo ruso de 1918. Entre estas últimas Repúblicas y la RSFSR se fue tejiendo, a partir de 1919, una alianza o “confederación de guerra”; en virtud de varios tratados que crearon administraciones comunes en materias vitales —Ejército, economía y finanzas, comunicaciones y trabajo— para la resistencia en el frente a la ofensiva contrarrevolucionaria.

Una vez finalizada la guerra civil, se mantuvo la tendencia hacia la unificación, la cual se vio favorecida, especialmente, por la unidad de organización del Partido bolchevique en todas las Repúblicas soviéticas. Esta tendencia desembocó, en diciembre de 1922, en la firma de un tratado en el que los delegados de las repúblicas rusa, ucraniana, bielorrusa y transcaucasiana acordaron la creación de la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas (URSS) y fijaron las líneas principales para elaborar una Constitución federal. El 6 de julio de 1923, el Comité Ejecutivo Central del nuevo Congreso de los Soviets de toda la Unión aprobó un proyecto que entró en vigor inmediatamente, aunque su ratificación definitiva por el Congreso tuvo lugar el 31 de enero de 1924.

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Documento original de la Declaración y Acuerdo de Formación de la URSS firmado por las repúblicas socialistas soviéticas de Rusia, Bielorrusia, Ucrania y Transcaucasia en 1922. [Clic para ampliar]

El nuevo sistema federal era un sistema complejo de autonomías de distinto rango y competencias. En un primer momento, y dada la tradición contraria del marxismo al federalismo, el Comisariado del Pueblo para las Nacionalidades (Narkomnats), cuyo titular era Stalin, había emprendido una política que tenía por objetivo la integración de todos los grupos nacionales no rusos en el esquema federal de la RSFSR. Por esta vía, la RSFSR llegó a incorporar más de veinte unidades territoriales, dentro de las cuales se distinguía entre repúblicas socialistas autónomas y regiones autónomas, según fuera su grado de autogobierno. Sin embargo, la resistencia de algunas nacionalidades a la integración en la RSFSR determinó que siguiera, por medio de tratados entre la RSFSR y otras repúblicas consideradas independientes e iguales entre sí, la fórmula de una unidad federal superior. Así, según la Constitución de 1924, la URSS aparecía como un Estado federal compuesto por tres tipos de entidades diferentes: repúblicas federadas —algunas como la RSFSR y Transcaucasia tenían ya el carácter de una federación—, repúblicas autónomas y regiones autónomas.

En la Constitución de 1924, la autoridad suprema se siguió asignando al Congreso de los Soviets. Sin embargo, la progresiva pérdida de importancia que venía experimentado dicho órgano ya en la Constitución anterior, llevó a una transferencia de poderes al Comité Ejecutivo Central de los Soviets, cuyo número de miembros había aumentado hasta trescientos.

Una de las novedades de la Constitución de 1924 fue establecer la división del Comité Ejecutivo Central en dos cámaras: El Consejo de la Unión y el Consejo de las Nacionalidades. El primero se componía de 371 miembros, elegidos por el Congreso de toda la Unión entre los representantes de las repúblicas federadas en número proporcional a su población. El Consejo de las Nacionalidades, que ya existía desde 1920 como un órgano mediante el cual representantes de las nacionalidades que iban integrándose en la RSFSR podían controlar el Narkomnats, estaría compuesto por 131 delegados, cinco de cada república federada autónoma y uno de cada región autónoma, elegido por los comités ejecutivos de las repúblicas o regiones, independientemente de su población. Ambas cámaras compartían en pie de igualdad los poderes del Comité Ejecutivo Central, cuyos actos precisarían el acuerdo por separado de las dos asambleas. En caso de diferencias que no pudieran solucionarse mediante una sesión conjunta, la decisión final correspondería al pleno del Congreso de los Soviets de la Unión.

Otra novedad de la Constitución de 1924 fue la aparición en ella de la figura del Presidium del Comité Ejecutivo Central, compuesto por la mesa de ambas cámaras y nuevo miembros más elegidos en sesión conjunta. La figura del Presidium había surgido, ante el crecimiento del Comité Ejecutivo Central, como una delegación informal y permanente de éste, a fin de asumir sus funciones en los intervalos entre sus sesiones. Con este carácter de “órgano supremo del poder legislativo, ejecutivo y judicial de la URSS”, se había definido en enmiendas constitucionales aprobadas en el VII y VIII Congreso de los soviets y recogido por la Constitución de 1924. Asimismo, su presidente, comenzaría a desempeñar algunas funciones de representación propias de un jefe de Estado.

El Consejo de Comisarios del Pueblo también se vio afectado en su estructura por el nuevo reparto federal de competencias entre la Unión y las repúblicas federadas. En este caso, la Constitución utilizó como modelo el sistema de división tripartita entre los comisarios del pueblo de la URSS y los de las repúblicas. En primer lugar, se establecieron cinco comisariados federales para aquellas materias que eran competencia exclusiva de la Unión (asuntos exteriores, ejército, comercio exterior, transportes, correos y telégrafos). El segundo nivel era el de los comisariados unificados, los cuales existían tanto en la Unión como en las distintas repúblicas, para las materias en que éstas tenían la competencia y la responsabilidad de la ejecución de las decisiones tomadas por la autoridad federal (economía y finanzas, suministros, trabajo, inspección obrera y campesina y Administración Política Unificada del Estado, conocida como OGPU, cuyo origen parte de la Tcheka). Finalmente, había comisariados del pueblo que solo existían en las Repúblicas, en materias que eran de su competencia exclusiva (asuntos interiores, justicia, educación, sanidad, seguridad social y nacionalidades); aunque la Unión se reservaba la posibilidad de establecer bases legislativas comunes. El control y la vigilancia por parte de los comisariados de la Unión quedaba en todo caso garantizados mediante la posibilidad que mantenían de nombrar delegados en el Sovnarkom de cada República.

Por último, el deseo de salvaguardar el compromiso federal entre las distintas nacionalidades de la URSS, determinó que apareciese el embrión de un sistema de protección o garantía formal de la legislación constitucional, a través de la incorporación en el texto de 1924 de un sistema de control de la constitucionalidad.

El socialismo en un solo país y el principio de legalidad

Tras la muerte de Lenin, el debate sucesorio tuvo un carácter de debate ideológico sobre el rumbo que debía tomar la construcción del socialismo en la URSS. Algunos dirigentes como Trotski o Zinoviev, sostenían que la revolución de 1917 había sido un “accidente histórico” de acuerdo con las enseñanzas del marxismo y que el éxito final del socialismo solo sería posible si se realizaba a escala internacional y, en primer término, en las sociedades industriales avanzadas. Frente a ellos, la mayoría de los dirigentes del Partido, entre los que destacaba Stalin, defendieron las tesis de que era posible la edificación del socialismo en un solo país; cuando éste, como era el caso de la Unión Soviética, contaba con recursos suficientes para mantener una economía territorializada.

Para Stalin era vana la esperanza, al menos al corto plazo, de que el socialismo se pudiese expandir tras el fracaso de la revolución en Alemania y Hungría. En esta situación, la URSS, según Stalin, debía aumentar su poder, acelerar su industrialización a través de los planes quinquenales y la colectivización de la agricultura, hasta consolidar su posición y servir así de ejemplo a otros países. El éxito del socialismo en la Unión Soviética, se concebía como la condición para la revolución mundial y no al revés. De la tesis sobre el socialismo en un solo país derivaba lógicamente otra sobre el reforzamiento estatal y jurídico.

Ambos procesos complementarios —el de la construcción del socialismo en un solo país y del reforzamiento del Estado y del Derecho— se reflejaron en la Constitución de 1936, con la que se consolidarían los principios políticos emanados de la Revolución Socialista de Octubre.


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